¿Tiene una orden de deportación antigua y una nueva oportunidad de obtener la residencia? No espere para buscar ayuda
Muchas familias de Jacksonville tienen un ser querido que perdió su caso en la corte de inmigración hace años y que todavía tiene una orden de deportación. Mientras tanto, la vida sigue. Un esposo o una esposa se hace ciudadano. Se aprueba una petición familiar. De pronto, la residencia permanente (la "green card") parece posible.
Una nueva decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración, el tribunal de inmigración más alto del país, nos recuerda que una orden antigua no desaparece sola, y que el momento en que usted actúa puede decidirlo todo.
Qué pasó en el caso
Un hombre de Haití entró por la frontera y en la corte lo trataron como una persona que "llega" a los Estados Unidos. Perdió su caso en 2018 y su orden quedó final en 2021. Más tarde, su esposa se hizo ciudadana estadounidense y él le pidió a la Junta, por tercera vez, que reabriera su caso para poder solicitar la residencia ante USCIS.
La Junta dijo que no. Explicó que, por lo general, no reabre un caso antiguo solo para que alguien pueda pedir la residencia ante USCIS. Dijo que esta es una situación común, no excepcional, aunque la familia vaya a sufrir mucho. Los problemas de salud de su esposa y sus dos hijos no cambiaron el resultado.
Por qué esto le importa a su familia
Si su ser querido entró por la frontera con un permiso de entrada (parole), o alguna vez lo detuvieron y lo dejaron pasar en un puerto de entrada, el gobierno puede considerarlo una persona que "llega". Para muchas de estas personas, solo USCIS, y no el juez de inmigración, puede decidir el caso de residencia. Eso significa que el caso en la corte y el caso de residencia van por caminos separados, y la orden antigua se puede ejecutar mientras USCIS todavía está decidiendo.
7 consejos prácticos
- Averigüe si existe una orden. Muchas personas no saben bien cómo terminó su caso en la corte. Puede revisar el estado del caso en la página de la corte de inmigración con el número A de la persona.
- No dé por hecho que una nueva petición borra la orden. Una petición familiar aprobada o un cónyuge ciudadano son buenas noticias, pero por sí solos no cancelan una orden de deportación.
- Esté pendiente de los plazos. Por lo general, una persona solo puede pedir una vez que se reabra su caso, y casi siempre debe hacerlo dentro de los 90 días después de la orden final. Hay algunas excepciones, pero pedirlo años después es mucho más difícil.
- Pregunte por otras opciones. A veces el gobierno puede pausar una deportación mientras el caso de residencia está pendiente. Esta es una solicitud aparte que se hace ante ICE, no ante la corte, y no está garantizada.
- Guarde sus papeles en un solo lugar. Conserve cada aviso de la corte, recibo de USCIS, aviso de aprobación y documento de viaje. Su abogado los va a necesitar para ver qué caminos siguen abiertos.
- Mantenga su dirección al día. No recibir un aviso puede causar problemas nuevos, así que cada vez que se mude actualice su dirección tanto con la corte como con USCIS.
- Hable con un abogado antes de presentar cualquier cosa. Presentar la solicitud equivocada, o presentarla tarde, puede hacerle perder su única oportunidad. Un abogado puede revisar toda su historia y planear los pasos en el orden más seguro.
Lo más importante
Una orden de deportación y una solicitud de residencia pueden existir al mismo tiempo, y la orden no espera a que USCIS decida. Si alguien de su familia tiene una orden antigua y una nueva oportunidad de obtener la residencia, el mejor momento para buscar consejo es ahora, antes de que una cita con ICE o un plazo lo obliguen a tomar una decisión.
Bilbao Law ayuda a familias de Jacksonville con defensa contra la deportación, solicitudes para reabrir casos y residencia por medio de familiares. Llámenos al (904) 300-0825 para hacer una cita.
Este artículo es solo para información general y no constituye asesoría legal. Cada caso es diferente.
Recursos adicionales
- Junta de Apelaciones de Inmigración: decisiones precedentes, volumen 30 (en inglés): https://www.justice.gov/eoir/volume-30
- La decisión de la Junta en este caso (PDF, en inglés): https://www.justice.gov/eoir/media/1469491/dl?inline
- Corte de inmigración: consulte el estado de su caso: https://acis.eoir.justice.gov/es/
- USCIS: Formulario I-485, solicitud de residencia permanente: https://www.uscis.gov/es/formularios/i-485
- USCIS: Formulario I-130, petición de familiar: https://www.uscis.gov/es/formularios/i-130
- ICE: Formulario I-246, solicitud de suspensión de deportación (PDF, en inglés): https://www.ice.gov/doclib/forms/i246.pdf
- Corte de inmigración: cómo encontrar ayuda legal gratuita o de bajo costo (en inglés):
https://www.justice.gov/eoir/find-legal-representation








